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martes, 28 de abril de 2020

Sobre tipología para monedas de 1 Quetzal. Pruebas de 1996 y 1998

ANTECEDENTES
El primer tipo de moneda de 1 quetzal se autorizó el 26 de noviembre de 1924. Junto a las monedas de 1/2 y 1/4 de quetzal se acuñó en Filadelfia, en plata de ley 0.720. Esta moneda circuló muy poco tiempo, además su tiraje fue muy pequeño. Se considera una de las rarezas de la numismática guatemalteca contemporánea.

Para cubrir la falta de moneda metálica de ese valor facial, desde 1927 hasta 1998, se imprimen billetes de algodón. Estas emisiones abarcan la existencia del Banco Central y la creación del Banco de Guatemala. Sin embargo, la durabilidad de los billetes no era la deseada y, por tanto había necesidad de emitir una moneda por ese valor. Pasaron 73 años para volver a ver una moneda metálica de ese valor.

LAS PRUEBAS
Fue hasta el 28 de noviembre de 1996 que el Congreso de la República decretó la Ley de Especies Monetarias y estableció, entre otros elementos, el nuevo cono de monedas metálicas del país, Decreto Ley número 139 de aquel año. Para ese momento todavía estaba en funcionamiento la Casa de Moneda de Guatemala y desde ella se presentan diferentes pruebas para poder elegir el diseño. El acabado de las pruebas se presenta en "alpaca" Se basan en alpaca dorada y alpaca plateada. Por ser pruebas internas donde se evaluaba la viabilidad y el diseño, en todas ellas los escudos son tomados de troqueles elaborados en la Casa de Moneda. Las pruebas conocidas incluyen el templo 1 de Tikal y el quetzal en pedestal similar al de la moneda emitida en 1925, también se presentan con gráfila perlada y listel de 9 lados.

Tomada de: Del Jade al Polímero

Tomada de: Del Jade al Polímero

Tomada de: Del Jade al Polímero

La elección de cualquiera de estas pruebas no se dio por que la la Junta Monetaria, en su resolución JM 57-98, modifica la ley anterior y aprueba los diseños de anverso y reverso de la nueva moneda de 1 quetzal. Las reformas quedan plasmadas en el decreto 92-98 del Congreso de la República. El artículo 6 de ese decreto establece:

"...Las monedas tendrán la forma de un disco. El anverso de todas ellas llevará grabado el Escudo Nacional. En la parte superior y en torno a este se imprimirá la inscripción ‘República de Guatemala, C.A.’; y en el inferior, en forma circular se grabará el año de acuñación. El reverso de la moneda será así:
  • a. La de un quetzal ostentará la inscripción ‘Paz’ como parte de una paloma estilizada, con las leyendas ‘PAZ FIRME Y DURADERA’ en la parte superior; y ‘29  DE DICIEMBRE DE 1996’ en la parte inferior. En el campo lateral derecho, el número uno (uno) y la palabra Quetzal".
Establece también que el canto de esta moneda será estriado.

Ya con esa legislación, en 1998, y debido al cierre de la Casa de Moneda de Guatemala, se saca a licitación la impresión del cono monetario nuevo. La Casa de Moneda de Chile, a través de la empresa elaboradora de metales no ferrosos Armat S.A., también chilena, gana el contrato para acuñar las monedas de 5, 10, 25 y 50 centavos. Aunque no ganan la impresión de la moneda de 1 Quetzal, presentan pruebas.

Otras fotografías de estas piezas pueden consultarse aquí
Las pruebas son de "bronce al aluminio", miden 29 milímetros de diámetro y pesan entre 10.5 y 11.1 gramos. El grosor es de +/- 2mm. Una tiene el canto estriado y la otra lo tiene liso. Dado que el decreto 92-98 lo establece así, la segunda no podía ser aceptada. Según datos del BANGUAT en su memoria de labores de 1998, de estas pruebas se emitieron 2000 piezas pero no se especifica la cantidad de cada diseño de canto. Puesto que están contabilizadas en tal memoria y no se colocan como "amortizadas", se puede considerar que tienen curso oficial y pueden ser cambiadas por su valor facial.


Edgar Quisquinay
Julio 2019 - Abril 2020
CNCH-SNG-CNO-GNX


Con información de:

  • Kurt Prober, Historia Numismática de Guatemala, 1973.
  • Krause & Mischler, Standar Catalog of World Coins, 2006.
  • Rafaél Vetorazzi en Joyas Numismáticas de Guatemala, Banguat, 2009.
  • Alfonso Pérez Longo en Del Jade al Polímero, Banguat, 2012.
  • Banguat, Memoria de Labores de 1998.

viernes, 1 de julio de 2016

Escudo de armas 1871

Corría ya el año 1871 y los acontecimientos que luego conoceríamos como la Revolución Liberal tomaron un evidente final al ser derrocado el presidente Vicente Cerna luego de la entrada del ejército liberal a la ciudad de Guatemala el 30 de junio de ese año. Desde ese momento hasta el 4 de julio de 1873, el gobierno será tomado por Miguel García Granados quien, de manera casi inmediata traza el camino que procurará borrar todo antecedente de los gobiernos conservadores en el país: la bandera y el escudo nacional no fueron la excepción.

Siendo ese año el del aniversario número 50 de la firma del acta de independencia (15 de septiembre de 1821), García Granados pide a Casa de Moneda de Guatemala elaborar una alegoría que sirva para conmemorar la fecha e importante aniversario. La responsabilidad cae sobre Jean Baptiste Frener, grabador de la ceca, quien presenta el que, luego de la celebración y por decreto número 33 del 18 de noviembre de 1871, se convierte en el "escudo de armas" de la República de Guatemala:

"Decreto No. 33
Debiendo estar en armonía el Escudo de Armas de la República con los principios políticos que ha proclamado la Nación; en uso de las facultades de que me hallo investido,
DECRETO:
Artículo único.- Las armas de la República serán: un escudo con dos rifles y dos espadas enlazadas con dos ramas de laurel, en cada campo celeste claro. El centro será cubierto con un pergamino, que contendrá la siguiente leyenda en letras de oro: Libertad 15 de setiembre de 1821; figurando en la parte superior un Quetzal como símbolo de la independencia y autonomía de la nación.
Dado en Guatemala, a dieciocho de noviembre de mil ochocientos setenta y uno.
El Ministro del Interior (f) FRANCISCO ALBUREZ. (f) MIGUEL GARCÍA GRANADOS".

También por decreto, esta vez el 37 del 9 de diciembre de 1871, se fija el cambio al diseño de moneda circulante, desaparece el escudo de 1858 y se coloca el escudo de armas recien decretado. El artículo 5to. del citado decreto menciona que "el anverso de las piezas de plata de un peso y de 4 reales será idéntico al de las monedas de oro" y esto se describe en el artículo 4to.: "La moneda de oro llevará en el anverso el escudo de armas de la república; y en su parte inferiro se expresarán, a la izquierda la ley de la moneda y a la derecha el año de acuñación, y en medio la inicial del nombre del ensayador". Los rudimentos de la moneda de 1 peso (que presento en la fotografía y que, a su vez es la del primer año de emisión con el nuevo escudo de armas), serán: "Liga" de plata que la pieza contiene (0,900). La pieza mide 37mms de diámetro y según ley debería pesar 25.4 gramos (esta pieza en particular pesa 25.3). Su valor facial es de 1 peso (8 reales), fechada en 1872 y tiene la inicial "R" de Rafaél Romaña, ensayador de la ceca. Su grafila es dentada, su listel es liso y el canto estriado. El reverso tiene una representación de la república "en figura de una joven sentada", de la cual ya hablaremos en otra ocasión.

Será esta la primera aparición del escudo de armas de Frener (como ya lo mencionamos), diseño que se presentará con dos fechas distintas: 1872 y 1873. Habrán otras emisiones en los años 1878 y 1879 pero con otras características que, también, espero poder escribir sobre el tema pronto. Su característico estilo aplanado donde las bayonetas y las puntas de las ramas de laurel apenas superan la mitad inferior del diseño, el quetzal con vista a izquierdas y larguísima cola junto con la micro leyenda "POR LA PATRIA" sobre la espada izquierda (capricho maravilloso de Frener), la hacen una de las monedas más hermosas de la numismática guatemalteca.

Edgar Quisquinay.
CNCH y SNG, Guatemala, julio de 2016.

lunes, 27 de junio de 2016

Escudo de armas de la República 1858 - 1871

Imágen: http://www.hubert-herald.nl

En 1823 y siendo parte de la Federación Centroamericana, el Estado que ya se conocía como Guatemala asume un escudo de armas que será modificado en 1825, 1843, 1851 (como República) y 1858, que presento en esta ocasión. En el dilatado período de gobierno de Rafaél Carrera (segundo periódo este, el de cuando lo declaran presidente vitalicio), hay dos cambios de escudo que, sin embargo, guardan ciertas similitudes. Del del tiempo del presidente Mariano Paredes (1851), no haré mayor mención esta vez y espero en un futuro poder extenderme en datos sobre él.

El 31 de mayo de 1858 y como una forma de redifinir el dominio Conservador, se emite el decreto que titulan: DECRETO DEL GOBIERNO DE 31 DE MAYO DE 1858, FIJANDO DEFINITIVAMENTE EL ESCUDO DE ARMAS DE LA NACIÓN. En este decreto se establecen los parámetros mínimos de diseño del escudo de armas y de la bandera nacional. Reproduzco acá los artículos correspondientes:

Decreto cambiando las armas de la República y la colocación de los colores en el pabellón. El Excelentísimo Señor Presidente de la República se ha servido emitir el decreto siguiente: don Rafael Carrera, capitán general del Ejército; Caballero Gran Cruz de la Orden Pontificia de San Gregorio Magno, en la Clase Militar; Comendador de la de Leopoldo de Bélgica; Presidente de la República de Guatemala, etc, con presencia del artículo 2º del Decreto del 6 de abril de 1857, tiene a decretar y

DECRETA:

Artículo 1º Las armas de la república serán en lo sucesivo un escudo dividido transversalmente en dos cuarteles; el superior en el campo raso azul con barras verticales de plata, y el inferior con tres volcanes sobre campo celeste claro. Sobre el escudo irá un sol y a cada uno de sus lados dos pabellones con los colores nacionales desplegados y recogidos los extremos hacia abajo, anudados en las astas. A la derecha del escudo irá una rama de encino, y a la izquierda otra de laurel.
En una cinta blanca ondeante enlazada con los pabellones, irá la siguiente leyenda en letras de oro: GUATIMALAE RESPÚBLICA SUB DEI OPTIM MÁXIMO PROTECTIONE (en lengua española: República de Guatemala, bajo la máxima protección de Dios).
Artículo 2º Se conservarán en el pabellón los colores rojo, amarillo, azul y blanco, distribuidos en siete fajas horizontales, las dos de los extremos de azul; blancas las inmediatas; rojas las siguientes y amarilla la del centro, sobre la cual irán las armas.
Dado en el Palacio del Gobierno en Guatemala, a treinta y uno de mayo de mil ochocientos cincuenta y ocho.
Rafael Carrera
Maule Echeverría - Ministro de Gobernación

Ahora bien, la verdadera intención del decreto es, como se menciona en el título, "fijar" el diseño de un escudo de armas que ya era necesario en una República fundada recién en 1847. En lo que nos atañe, este escudo aparecerá en las monedas guatemaltecas de 1 peso, 4 reales, 2 reales, 1 real y medio real, entre 1859 y 1871.


Para el año 1859 hay un resurgimiento de la Casa de Moneda de Guatemala, dotada de personal y maquinaria nueva, tendrá unos años brillantes con el señor Luis Batres como Superintendente y la dirección tomada por el señor D. Andrés Horjales. El técnico y abridor de troqueles será el señor Jean Baptiste Frener y los ensayadores Apolinario España y Rafaél Romaña.

Por: Edgar Quisquinay. SNG. 2016